El Ministerio de Salud de Argentina publicó este martes una nueva resolución que actualiza las normas para la producción de cannabis medicinal en el país. Dos años después de la legalización, y tras mucho empeño por parte de las organizaciones de pacientes, la resolución legitima el cultivo de cannabis con fines medicinales por parte de las asociaciones, para suministrar derivados del cannabis a sus miembros. El autocultivo domiciliario por parte de los pacientes está permitido en Argentina desde 2020.
Las organizaciones podrán cultivar 15 metros cuadrados en diferentes áreas al aire libre y hasta 6 metros cuadrados en cultivos de interior, por paciente, siempre que estén debidamente autorizados. Dentro de estos límites de área, puede haber hasta nueve plantas con flores para cada paciente.
El gobierno argentino ha dado así un paso importante en la legislación en materia de cannabis medicinal al permitir el cultivo de cannabis por parte de asociaciones de pacientes. Luego de dos años de reuniones, solicitudes, consultas y propuestas, el Ministerio de Salud de la Nación anunció que las organizaciones cannábicas podrán cultivar, ahora de forma legal, plantas de cannabis con fines medicinales para sus afiliados.
Según Resolución publicado por el Ministerio de Salud de Argentina, debido al tiempo transcurrido desde el inicio del mencionado registro (REPROCANN), se realizó una evaluación de su funcionamiento con el fin de mejorarlo. En este proceso de evaluación, las entidades que integran el Programa Nacional para el Estudio e Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales, así como los miembros del Consejo Asesor Honorario del Programa, en especial las organizaciones no gubernamentales representativas de la sociedad civil.
El cannabis medicinal fueregulado en 2020 en la Argentina. Sin embargo, a pesar de que se permite el cultivo doméstico por parte de los pacientes, las Organizaciones No Gubernamentales también reclamaron la necesidad de incluirlos en el proyecto de producción de cannabis para los pacientes miembros de las asociaciones. En 2020, luego de la legalización con fines medicinales, se creó el “Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), a partir del cual se estableció la posibilidad de acceder, mediante cultivo controlado, a la planta de cannabis y sus derivados, con la debida diligencia por indicación médica. y prescripción. Las bases operativas de Reprocann requerían el registro de los pacientes, pero las organizaciones no gubernamentales no podían registrarse como entidades que cultivaban cannabis medicinal para sus miembros.
Membresías limitadas a 150 miembros, pero pueden aumentar
El ministerio, encabezado por Carla Vizzotti, acogió la solicitud del Consejo Asesor de Reprocann (integrado por médicos, activistas, científicos y autoridades nacionales) y autorizó el cultivo de asociaciones para un máximo de 150 pacientes, modificando la legislación para simplificar las gestiones para garantizar mejor el acceso a los tratamientos de los usuarios de cannabis con fines medicinales, terapéuticos y paliativos, así como en cuanto a la constitución de organizaciones civiles como terceros autorizados a cultivar para el abastecimiento de un paciente registrado.
Las reglas impuestas a los pacientes son simples: los consumidores miembros de ONG deben, de forma acumulativa, registrarse en Reprocann, vinculando su perfil al médico que los prescribe, así como a la organización correspondiente, en el rol de producción para terceros. En definitiva, las normas para las organizaciones presentan algunas novedades en relación al transporte de plantas. Sin embargo, son similares a los establecidos para usuarios particulares, misma área permitida para el cultivo, igual número de plantas y misma autorización para transportar flores o aceite dentro del territorio argentino: entre una y seis botellas de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores. sequías.
Una de las discusiones internas que se dieron en el Consejo Asesor sobre estos cambios fue precisamente el límite de pacientes para cada institución. El valor definido como límite era de 150 afiliados por asociación, pero existe una ventana para que los grupos que superen este número (algunos ya lo hacen) soliciten una autorización administrativa de manera particular ante el Programa Nacional para el Estudio e Investigación del Uso Medicinal. de la planta de Cannabis del Ministerio de Salud de Argentina.
Cannareporter solicitó una reacción a esta noticia de la única asociación de pacientes en Portugal, la OPCM - Observatorio Portugués de Cannabis Medicinal, pero hasta el momento no ha recibido respuesta.